Si habéis seguido las noticias de los últimos días, el Tribunal Supremo ha ratificado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por la cual están exentas de pagar IRPF las prestaciones públicas como las de nacimiento, parto o adopción múltiple, hijos a cargo y orfandad.
Esto implica que, si habéis cobrado prestaciones en los últimos 4 años, del 2014 al 2017, podéis reclamar a hacienda que os devuelva esa parte regularizando la declaración. Como ejemplo, para una prestación de 5681€ del 2015, la devolución podría ir entre 1000€ a 2600€, por lo que os recomendamos que estudies vuestro caso para reclamar la devolución.
Os recomendamos que contactéis con vuestros gestores ya que el proceso no es automático y hay que enviar una reclamación a hacienda en forma correcta, la cual se puede demorar hasta 6 meses en devolveros la parte que os pertoca. En el siguiente enlace tenéis más información, al igual que un escrito en el cual podéis rellenar vuestros datos para iniciar los trámites en hacienda http://www.fesmcugt.org/noticia/reclama-la-devolucion-del-irpf-de-tu-prestacion-por-maternidad-id-12385.htm
Aquí tenéis la nota de prensa en PDF para descargar NOTA IRPF MATERNIDAD oficinas💾
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