Uno de los derechos que recoge el estatuto de los trabajadores en su artículo 46 y nuestro convenio en el artículo 40 son las excedencias, las cuales se pueden calificar como voluntarias o forzosas. Las voluntarias son todas aquellas que como trabajador podemos acogernos, que pueden ser por motivos personales o familiares. Las forzosas sonContinue reading